El Tribunal de la UE declara ilegal el veto portugués a Telefónica en Vivo

La Comisión Europea apremia a Lisboa a cumplir la sentencia cuanto antes - Portugal dice que no modificará su posición si no cambia la oferta

ANDREU MISSÉ - Bruselas - 09/07/2010

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) declaró ayer ilegal la acción de oro empleada por el Gobierno portugués para impedir que Telefónica adquiriese la parte de Portugal Telecom (PT) en la operadora brasileña Vivo por 7.150 millones. La sentencia declara que la acción de oro constituye "una restricción a la libre circulación de capitales". Se trata de una victoria moral para Telefónica, pero no está claro hasta qué punto servirá para desbloquear la operación. La sentencia no tiene efecto retroactivo y el Gobierno portugués no parece tener especial prisa en aplicar la sentencia. Es más, advierte de que lo que hará será adaptar la acción de oro, pero no renunciar a ella.

El texto deja claro que la 'acción de oro' fue impuesta a Portugal Telecom

Lisboa dice que acata el dictamen, pero que no tiene efectos inmediatos

El presidente del Ejecutivo comunitario, el portugués José Manuel Durão Barroso, celebró ayer la decisión del Tribunal porque "la sentencia confirma que la posición de la Comisión era la correcta", es decir, "la oposición a las acciones de oro en las empresas europeas como regla". "Confiamos en que el Gobierno portugués tome las necesarias para cumplir plenamente la sentencia lo más rápidamente posible", señaló la portavoz de la Comisión Europea, Pia Ahrenkilde.

La oferta de Telefónica por Vivo, aprobada por los accionistas de Portugal Telecom fue vetada por el Gobierno portugués la semana pasada, utilizando su acción de oro en la compañía portuguesa. En realidad, se trata de 500 acciones privilegiadas a las que se conceden amplios derechos. La Comisión Europea requirió en 2005 a Portugal que renunciase a ella por considerarla ilegal y ante la negativa de Lisboa envió el caso al Tribunal de Justicia, que ayer le dio la razón.

El Tribunal rechaza los argumentos portugueses de que las acciones privilegiadas fueron introducidas en los estatutos de PT por voluntad de la sociedad y no del Estado. La sentencia recuerda que la medida se introdujo cuando el Estado ejercía el control sobre la sociedad a través de su participación mayoritaria y poco después de que se dictase una ley regulando ese tipo de acciones. Los jueces también resaltan que esas acciones privilegiadas no son transmisibles, sino propiedad siempre del Estado.

Las acciones conceden al Estado el veto para impedir la toma de participaciones superiores al 10% en PT y para un número considerable de decisiones importantes sobre la gestión. El Tribunal advierte de que la acción de oro puede disuadir de invertir en PT en la medida en que la negativa estatal a aprobar una decisión importante beneficiosa para los accionistas puede pesar sobre el valor de sus acciones.

Sentado que se trata de una restricción, el Tribunal rechaza las justificaciones portuguesas para la misma. La sentencia entiende que ni la excusa de reforzar la estructura competitiva del mercado ni de evitar una perturbación del mercado de capitales son admitidas como razones imperiosas de interés general. También se rechaza que la acción de oro se atenga a razones de seguridad pública, amparándose en las causas de crisis, guerra o terrorismo que admite el Tratado, pues la regulación de la acción de oro en PT ni es proporcional ni está sujeta "a requisito o circunstancia específica y objetiva alguna". La sentencia recuerda que la seguridad pública "solo puede invocarse en caso de que exista una amenaza real y suficientemente grave que afecte a un interés fundamental de la sociedad".

Portugal deberá aplicar la sentencia "con la mayor brevedad". Si la Comisión considera que el Estado la incumple, puede abrir de nuevo un expediente solicitando que se le impongan sanciones pecuniarias.

El Gobierno portugués afirmó ayer que acatará la sentencia, pero eso no deja ni mucho menos el terreno despejado para Telefónica. Primero, porque la sentencia no tiene efecto retroactivo, no elimina el veto de la semana pasada. Segundo, porque el Gobierno no se ha dado un plazo para cumplir la sentencia. Y tercero, porque lo que planea Lisboa no es renunciar a su acción de oro, sino adaptarla a los criterios marcados por el Tribunal de la UE.

"Portugal respetará la decisión, pero analizará las formas de cumplirla modificando la configuración de sus derechos especiales", señaló el ministro de la Presidencia, Pedro Silva Pereira, según declaraciones recogidas de agencias de noticias. El ministro subrayó que la sentencia es "meramente declarativa" y que "no crea ninguna modificación inmediata".

El Gobierno portugués sí ha dado la bienvenida al gesto de Telefónica de optar por el diálogo y la negociación para llegar a un acuerdo con Portugal Telecom sobre Vivo, pero advierte que no apoyará una operación que suponga la simple repetición de la oferta de 7.150 millones. "Si la propuesta no se modifica, naturalmente la posición del Gobierno portugués no puede ser diferente", advirtió Silva Pereira.

No hay comentarios:

Publicar un comentario